Por: Mónica Alejandra Espinosa González.
La pandemia ha radicalizado la manera en cómo los gobiernos organizan a las sociedades para seguir los protocolos de la cuarentena. Mientras algunos, como en México, insisten en hacerlo sin autoritarismos, existen otras naciones, como Guatemala o Qatar, que han declarado medidas obligatorias, como multas y penas penales. Por otro lado, otros países, como El Salvador han sido señalados por la rutinaria violación a los derechos humanos.
“Dictadores como (Nicolás) Maduro en Venezuela, (Daniel) Ortega
en Nicaragua y Juan Orlando (Hernández) en Honduras, jamás
tendrán ninguna legitimidad, porque se mantienen en el poder
a la fuerza y no respetan la voluntad de sus pueblos.”
-Nayib Bukele.
Nayib Bukele presidente de El Salvador, a unos escasos 11 meses de asumir su puesto en el ejecutivo -toma de protesta 1 de junio de 2019-, se ha visto señalado por las decisiones para proteger a la población salvadoreña del COVID-19. Las acciones sobre el sistema penitenciario salvadoreño como el plan radical y tajante sobre los grupos de “maras” dentro de los penales, las medidas extraordinarias y posiblemente excesivas como las restricciones de circulación han derivado en quejas de violación de Derechos Humanos por parte de grupos de protección y la misma población, aunado a una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Pero ¿cómo es posible que ante un sistema político democrático y representativo, sostenido sobre los tres poderes, pueda permitir la desproporcionalidad de las acciones ejercidas por Bukele? Si bien, ningún sistema de gobierno se encuentra exento de violaciones en materia de Derechos Humanos (Por ello la presencia de la Comisión y la Corte Interamericanas), es pertinente analizar las medidas que han sido señaladas como violatorias de Derechos Humanos, así como la permisividad que puede otorgar la Constitución Política de la República de El Salvador.
La primera medida adoptada por Bukele que ocasiono que la comunidad internacional volteara hacia El Salvador, comenzaron con el avión de la línea Avianca proveniente de Ciudad de México, prohibió su ingreso al país por 12 supuestos casos confirmados de coronavirus, declaración que dio a conocer por medio de su cuenta de Twitter, pero sin pruebas de su dicho. Más tarde la aerolínea y el Canciller de México, Marcelo Ebrard, confirmaron que el vuelo había sido cancelado antes de que fuese abordado por motivo de que ya se había enviado el comunicado de que se prohibía el ingreso al aeropuerto en San Salvador de aviones que no fueran de carga.
Así fue como se dejó ver la línea sobre la cual el gobierno salvadoreño tomaría las medias para prevenir la disipación de la pandemia. Por un lado, nos encontramos con las medidas calificadas de “populistas” como fue el suspender el pago de luz, agua e internet por tres meses, así como el plazo para el pago de alquileres, medidas que se habían implementado en países de primer mundo como Francia y España. Apoyado por políticos y la misma población, algunos analistas como el economista César Villalona, considera que no todas estas medidas podrían ser factibles o que no derivarían en los resultados esperados en materia económica.
Por otro lado, se decretaron medidas tajantes y “extremas” que, de acuerdo a diversas organizaciones, vulneran o violan Derechos humanos de la población salvadoreña como son:
Confinamiento obligatorio: esta ha sido la medida de sana distancia por excelencia, la cuarentena en los distintos países ha servido como medida de contención para evitar la propagación del virus. En algunos países como España, observábamos que se aplicaban multas a las personas que no respetaban la cuarentena (multas administrativas).

En El Salvador, las personas que no respeten la cuarentena obligatoria serán canalizadas a centros de contención, es decir, serán detenidas y llevadas a un espacio compartido donde pasara el resto de la cuarentena dictada por el gobierno, traduciéndose en una medida punitiva. Estos centros, al ser espacios que albergan un numero significativo de personas, consideran pueden ser un foco de contagio, ya que podría ingresar alguien asintomático o que aún no presente síntomas. Así como no se pueden imponer penas corpóreas a medidas que no corresponden a un tipo penal.
Transporte público: el transporte público será accesible únicamente para personal de salud debidamente identificado durante un periodo de 15 días. Lo cual excluye a los empleados que se ven obligados a seguir laborando durante la contingencia. No se permite su acceso dentro de las ciudades o los transportes que comunican con otras comunidades salvo el caso del sector de salud.
Penales y uso de la fuerza letal: si bien no fue directamente una medida preventiva de contagio, los centros penitenciarios también son focos rojos de covid-19 por las condiciones insalubres y en numero de presos en proporción de los espacios.
Bukele asegura que los homicidios y crimen que sufre El Salvador provienen de las cárceles de máxima seguridad, lidereadas por las pandillas de las maras, por lo que tomó la decisión de agruparlos en celdas de tal forma que no existiera espacio entre ellos y mezclando bandos, autorizando el uso de la fuerza letal (permitida en el país)por parte de las autoridades. Esto ha generado que las pandillas realicen “pactos” para no agredirse, pero esto no los deja exentos de los contagios de coronavirus latentes.

Estas medidas se han publicado en los Decretos Ejecutivos 22, 23 y 24, al margen de los artículos constitucionales que le permitían al ejecutivo actuar e implementar medidas. A pesar de que las principales acusaciones y quejas se reflejaron con el decreto número 22, Bukele se vio obligado a modificar sus puntos hasta el actual decreto 24, sin embargo, la vulneración a derechos humanos, no ha quedado resarcida, pues las medidas más lesivas siguen vigentes.
La Federación internacional de derechos humanos y justicia, denunciaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al presidente Nayib Bukele, al ministro de Salud Francisco Alabi y al ministro de Defensa René Merino Monroy al tenor de la negativa de modificar su plan de acción, así como por el desacato de las resoluciones dictadas por la corte suprema en virtud de la vulneración de derechos a causa de las medidas por parte de Bukele, esto excluyendo la prorroga solicitada de la cuarentena sin tener el aval del congreso dictada el 17 de mayo del presente año.
La especialista Katya Salazar, directora de la fundación para el debido proceso, dice que no conviene al pueblo salvadoreño llevar el asunto hasta la Corte Interamericana, ya que la ejecución y seguimiento de un sentencia (la cual vincularía al gobierno del salvador a cumplir) implicaría un costo económico directo sobre el pueblo de el salvador, pero entonces ¿ cuál sería la medida idónea legal ante una situación de tal magnitud donde el poder ejecutivo deslegitima al poder legislativo y judicial?
Referencias.
Constitución de la Republica de El Salvador.
Decreto Ejecutivo 22
Decreto Ejecutivo 23
Decreto ejecutivo 24
Focos TV. (10 de mayo 2020). Episodio 155.Organismos internacionales de derechos humanos preocupados por medidas de Bukele. Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=OVaqLUOnSlg
González, D. (1 de mayor 2020). Bukele contra las maras. Vivanco de Human Rights Watch: “ los atroces delitos de los pandilleros no dan carta blanca a El Salvador para vengarse de esta manera”. BBC news. Recuperado de : https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-52501875
Flores, R. (9 de mayo 2020). Denuncian al presidente Bukele ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La prensa Gráfica. El Salvador. Recuperado de: https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Denuncian-al-presidente-Bukele-ante–la-Comision-Interamericana-de-Derechos-Humanos-20200508-0092.html
Redacción de Nación. (8 de mayo de 2020). The economist: Bukele el primer dictador milenial. La prensa Gráfica. El Salvador. Recuperado de: https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/The-Economist-Bukele-el-primer-dictador-milenial-20200507-0103.html
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2 comentarios en “Bukele contra el Covid-19 y los Derechos Humanos.”