Paridad de género: consecuencias y temas pendientes

Por Adriana Mendiola 

En el marco de la conmemoración del Día Internacional de las Mujeres, uno de los temas sobre el que los estudiosos de la Ciencia política, integrantes de los organismos electorales y activistas han hecho hincapié, es el relativo a la participación política de las mujeres. Como se sabe, en México a partir de la Reforma Electoral de 2014 se estableció la paridad de género en la postulación de candidaturas a nivel legislativo, dejando atrás el sistema de cuotas de género.

Con la implementación de la paridad y derivado del último Proceso Electoral Federal 2018, de acuerdo con datos de la Unión Interparlamentaria, actualmente el Congreso mexicano es el cuarto parlamento con más legisladoras en el mundo.[1]  En la Cámara de Diputados las mujeres representan el 48.2% (241 diputadas) y el Senado de la República está integrado por 63 senadoras, que se traduce en el 49.2%. Cabe mencionar que, en el caso mexicano, la paridad se considera en la postulación de las candidaturas, que no necesariamente implica que los congresos estén integrados 50% por mujeres y 50% por hombres, sin embargo, favorece una composición más equitativa entre ambos géneros.

¿Cómo llegamos al establecimiento legal de la paridad de género?

El camino para lograr los números mencionados no fue corto, como se mencionó, primero se necesitó de la incorporación de las cuotas de género en la normativa electoral mexicana, teniendo dos momentos claves: el establecimiento de la cuota de género del 70-30% en 1997 y la incorporación de la cuota de género del 60-40% en 2008. Aunque en la legislación no se mencionaba cuál género debería de ocupar el porcentaje mínimo de candidaturas, lo cierto es que siempre se consideró el menor número para las mujeres.

Lo anterior no significó que las mujeres accedieran inmediatamente a ocupar las candidaturas para cumplir con la cuota, por el contrario, dentro de los partidos políticos hubo gran resistencia para acatar la normatividad, colocándolas en distritos perdedores o lugares en la lista en los que difícilmente obtendrían un espacio. Para hacer posible la operación correcta de las cuotas se necesitó de grupos que demandaran, tanto al interior del partido como ante las autoridades electorales, su cumplimiento con el fin de garantizar que las mujeres pudieran participar en espacios que efectivamente les permitiera llegar al Congreso.

Uno de los ejemplos de estas resistencias, fue el denominado “caso Juanitas” de 2009, el cual consistió en registrar candidatas mujeres como propietarias para cumplir con la cuota de género y como suplentes a candidatos hombres, con la finalidad de que una vez que resultaran ganadoras y asumieran el cargo, renunciar al mismo para que los hombres pudieran ocupar su lugar.

En 2011 tuvo lugar un antecedente fundamental, la sentencia 12624 (SUP-JDC-12624/2011) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que ordenó que, para garantizar la cuota de género y la participación política de las mujeres, la fórmula de candidatos tendría que ser necesariamente compuesta por propietario y suplente del mismo género.

Con la reforma electoral 2014 el sistema electoral mexicano sufrió importantes transformaciones[2]  entre las que se encuentra la disposición legal[3] de garantizar la paridad de género en la postulación de candidaturas a nivel legislativo, [4] es decir, postular 50% de candidatos por cada género tanto para los escaños de mayoría relativa como los correspondientes a la representación proporcional, siendo estos últimos ordenados en listas de manera alternada entre géneros.

Esta medida se implementó, por primera vez, en el proceso electoral 2014-2015, no obstante, a pesar de las disposiciones legales, los partidos políticos buscaron diferentes medios para no garantizar la postulación igualitaria de candidatas, con el argumento de la democracia interna y la libre determinación de los partidos políticos, así como la postulación de candidatas en distritos con pocas o nulas posibilidades de ganar; la justificación de no contar con suficientes mujeres o que las mismas no cumplían con los requisitos para su postulación, etc.

Lo anterior se evidencia en los requerimientos por parte de la autoridad electoral administrativa a los partidos para garantizar el cumplimiento de la paridad de género, y las resoluciones de los tribunales electorales sobre los recursos promovidos ante estas instancias, principalmente a través del Juicio para la protección de los derechos políticos-electorales del ciudadano (JDC).

Gracias a dichos señalamientos del Instituto Nacional Electoral, de los Organismos Públicos Locales, Tribunales Electorales y de diversas organizaciones de la sociedad civil, así como activistas y académicos se incorporaron medidas para que en el Proceso Electoral 2018 las candidatas tuvieran mayores y mejores oportunidades de competencia, como no ser postuladas únicamente en distritos perdedores, capacitación constante a las mismas, mejor distribución y vigilancia del financiamiento público para campañas, la no distribución de legisladores plurinominales a los partidos políticos en los que se hubiera presentado la renuncia de todas las candidatas una vez elegidas, el señalamiento de violencia política,  por mencionar algunas; lo cual se ve reflejado en una alta participación de las mujeres en los órganos legislativos tanto a nivel federal como a nivel local y en los ayuntamientos.

¿Qué sigue en el camino de la paridad de género?

Una vez implementada la paridad de género a nivel normativo, algunas preguntas que surgen son: ¿qué sigue? y ¿paridad para qué?, sin duda, el hecho de que las mujeres ocupen hoy un número importante de curules y escaños no significa que de manera inmediata exista paridad sustantiva, es decir, que puedan participar en posiciones claves de los órganos legislativos o que todas las mujeres tengan una agenda con el propósito de impulsar acciones en beneficio de estas.

Asimismo, a pesar de estar establecidas, más o menos de manera clara y legal las reglas para la participación política de las mujeres, persisten los obstáculos para el desempeño de la función pública, por ejemplo, seguimos teniendo pendiente cómo resolver y tipificar la violencia política, cómo garantizar una mejor distribución de los recursos otorgados a los partidos para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo de la mujeres,[5] así como enfrentar las múltiples resistencias que en cada proceso electoral inventan y reinventan los partidos políticos.

Sin duda, será interesante ver de qué manera contribuye la paridad de género en la forma de legislar en nuestro país, así como la evolución de la misma en distintos ámbitos de la vida pública, ya que hoy también se pugna por tener integraciones paritarias en diversos organismos.

[1] Base de datos Women in national parliaments, disponible para su consulta en http://archive.ipu.org/wmn-e/classif.htm, consultada el 18 de marzo de 2019.

[2] Abrogación del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; transformación del Instituto Federal Electoral; regulación expresa de las candidaturas independientes, por citar algunos cambios.

[3] Capítulo III.  “Del procedimiento para el registro de candidatos”, Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

[4] Cabe mencionar, que a partir de diversas disposiciones también se han tomado criterios para aplicar paridad horizontal en el caso de los ayuntamientos.

[5] Artículo 73, Ley General de Partidos Políticos.

@MendiolaAdriana

También puedes revisar:

La calle aún no es nuestra

De la opinión al feminicidio

Retos INE 2019

Los comentarios y opiniones vertidos en Órbita Política son responsabilidad del autor, no representan una consultoría, asesoría o prestación de servicios de ninguna índole.

4 comentarios en “Paridad de género: consecuencias y temas pendientes

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s