Por Livia Quiroa
«Gracias a la libertad de expresión hoy ya es posible decir que un gobernante es un inútil sin que nos pase nada.
Al gobernante tampoco».
Jaume Perich
La ley Garrote aprobada en Tabasco, mediante la cual se busca sancionar con 10 a 20 años de cárcel a quien bloquee las carreteras y obras públicas, y AMLO justificó con el argumento de ser una estrategia parar detener los sobornos, es una violación al artículo 9 Constitucional que habla del derecho de asociarse o reunirse pacíficamente.
La emisión de esta ley en primera instancia es un abuso del poder, es un claro ejemplo de retroceso en la conquista y derecho de la libre manifestación, no existe argumento válido que desdibuje el control y la libertad que todo ciudadano tiene para expresar sus ideas sin ser hostigado, asimismo bloquea el canal mediante el cual los ciudadanos buscan generar diálogo con el gobierno.
Generar candados a la libre manifestación impacta en la violación de los derechos civiles y políticos que tiene todo ciudadano en un estado considerado como demócrata, en un país que buscar consolidar su Estado de Derecho.
Es un hecho que los ciudadanos que no respeten las reglas de una manifestación pacífica, es decir que incurran en peleas, generen guerra, odio, intolerancia a las ideas de los demás, y por esto se incentive la violencia o incumplimiento de leyes deben ser procesados conforme derecho. Sin embargo, con la Ley Garrote son culpables mucho antes de manifestarse.
La Comisión Derechos Humanos de Tabasco realiza una Consulta para conocer la opinión de los ciudadanos respecto a la reforma del Código Penal. El reactivo que dijo circularía en redes sociales es “¿Considera que vulnera los derechos humanos? ¿Por qué?”, no es posible visualizarla ni en la página de la Comisión ni en redes sociales, será interesante conocer el resultado de una consulta que pareciera inexistente.
Realizar una consulta sobre un derecho humano para decidir si se debe promover una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), está de sobra además de carecer de elementos metodológicos que sustenten dicho ejercicio.
Por otra parte el PAN ofrece asesoría en el trámite de un amparo[1] contra la Ley Garrote de Tabasco, más allá de pensar en si lo hace para ganar seguidores, es un contrapeso al poder que ejerce Morena.
¿Si la Ley Garrote se aprueba en Tabasco será un parte aguas para los demás Estados? ¿Por qué?
@idemqs
[1] Formato de Demanda de Amparo contra Ley Garrote de Tabasco https://www.pan.org.mx/instructivo-demanda-de-amparo-vs-ley-garrote/
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3 comentarios en “Consulta sobre la libertad de manifestación”